
Veterinario pierde cenizas de un gato y recibe sentencia pionera en Sevilla
Especial.- El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Sevilla ha condenado a un hospital veterinario a indemnizar con 800 euros a una clienta tras perder las cenizas de su gato. La decisión, considerada pionera, reconoce el daño moral causado a los dueños del animal.
El error ocurrió cuando el hospital, a pesar de la solicitud expresa de una incineración individual, llevó a cabo una cremación colectiva. Como resultado, los propietarios no pudieron conservar los restos de su mascota.
El caso de Umi, un vínculo especial
El gato, llamado Umi, había sido criado desde su nacimiento con biberón por su familia en Sevilla. Debido a problemas de salud, sus dueños optaron por la eutanasia para evitarle sufrimiento. En un acto de despedida, solicitaron una cremación individual y pagaron una tarifa superior por ello. Sin embargo, el hospital veterinario clasificó erróneamente al animal para una incineración colectiva, perdiendo así sus cenizas.
Demanda y justificación del daño moral
Tras el error, la clínica veterinaria ofreció devolver la diferencia económica entre ambas opciones de cremación. Sin embargo, la familia consideró insuficiente la medida y demandó una compensación de 3.012,80 euros por el perjuicio emocional.
Lola García, abogada especializada en derecho animal y fundadora del despacho Derecho & Animales en Sevilla, argumentó que la pérdida de las cenizas de una mascota es comparable a la desaparición de los restos de un ser humano. «El afecto y el vínculo con un animal de compañía no depende del tiempo transcurrido en la familia», señaló.
Fundamento legal y sentencia
El fallo judicial se basó en la Ley 17/2021, que reconoce a los animales como seres sintientes y protege los derechos de sus propietarios. Aunque el tribunal admitió la existencia de daño moral, la indemnización solo se otorgó a la titular del chip del animal y no al resto de la familia.
Ante esto, la abogada anunció que recurrirá la decisión ante la Audiencia Provincial de Sevilla, argumentando que la afectación emocional se extiende a todos los miembros del hogar que convivieron con la mascota.
Un precedente en la justicia española
Este caso representa un hito en la jurisprudencia española sobre derechos de los animales y responsabilidad de los hospitales veterinarios. Hasta ahora, los tribunales solo habían sancionado negligencias que resultaran en muerte o lesión de los animales, sin contemplar el impacto emocional de pérdidas como esta.
Lola García enfatizó la necesidad de tribunales especializados en derecho animal para evitar que casos similares sean tratados con estándares exclusivamente patrimoniales. «La pérdida de las cenizas de un animal impide vivir el duelo plenamente», concluyó.